Denominaciones de origen e indicaciones geográficas en México: evolución normativa y desafíos para la práctica de propiedad intelectual.
Por: Mtra. Ariadne Morales Arce | Abogada en Propiedad Intelectual y Maestra en la Universidad Autónoma de Guadalajara.
En el mundo existen diversos productos que han adquirido gran relevancia debido a su origen geográfico y a las características particulares que dicho entorno les confiere. Con el tiempo, esta relación entre producto y territorio generó la necesidad de establecer mecanismos de protección jurídica que evitaran el uso indebido de esos nombres y preservaran su reputación en el mercado. De esta manera surgen las figuras de las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas.
Sin embargo, ¿cuál es el origen de estas figuras?, ¿qué elementos las distinguen y cuál es su función dentro del sistema de propiedad industrial? Asimismo, resulta relevante analizar por qué estas figuras han sido incorporadas y reguladas en el marco jurídico mexicano, particularmente a partir de la evolución normativa que culminó con la entrada en vigor de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Antecedentes históricos de la protección del origen geográfico
Los antecedentes de las denominaciones de origen pueden rastrearse hacia finales del siglo XIX en Europa, particularmente en Francia y España, donde comenzó a reconocerse que determinadas condiciones geográficas y humanas influían directamente en la calidad y características de ciertos productos. Como consecuencia, algunos bienes adquirieron una reputación estrechamente vinculada con su lugar de origen, lo que llevó a la necesidad de proteger dichos nombres frente a usos indebidos. Ejemplos emblemáticos de esta relación entre producto y territorio pueden encontrarse en productos como el Champagne y el Cognac.
Ante la necesidad de evitar el uso indebido de nombres asociados a determinados lugares de producción, comenzaron a desarrollarse instrumentos jurídicos a nivel internacional. En este contexto, en 1891 se adoptó el Arreglo de Madrid relativo a la represión de las indicaciones de procedencia falsas o engañosas en los productos, uno de los primeros acuerdos internacionales destinados a proteger las indicaciones de procedencia. Posteriormente, en 1958 se adoptó el Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional, que estableció un sistema específico para la protección y registro internacional de las denominaciones de origen.
A partir de estos desarrollos internacionales, diversos países comenzaron a incorporar mecanismos de protección del origen geográfico en sus legislaciones. México siguió esta tendencia al reconocer la figura de las denominaciones de origen, cuya protección corresponde actualmente al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Posteriormente, el sistema se fortaleció con la incorporación de las indicaciones geográficas en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Denominaciones de origen e indicaciones geográficas en México.
En México, uno de los antecedentes más relevantes en materia de protección del origen geográfico fue la declaración de la denominación de origen del Tequila, publicada en 1974. Mediante esta declaración, el Estado mexicano reconoció formalmente la protección del nombre “Tequila” para identificar el producto originario de determinadas regiones del país, estableciendo así un mecanismo jurídico destinado a preservar la calidad, reputación y características vinculadas a su origen geográfico.
Posteriormente, la protección de las denominaciones de origen mexicanas comenzó a adquirir reconocimiento en el ámbito internacional. Un ejemplo de ello es el Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea sobre el reconocimiento mutuo y la protección de las denominaciones en el sector de las bebidas espirituosas, publicado en 1997. En dicho instrumento, particularmente en su artículo 3, se reconoce la protección de ciertas denominaciones de origen mexicanas, entre las que destacan Tequila y Mezcal.
Actualmente, la protección de las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas en México se encuentra regulada en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, la cual establece estas dos figuras como los principales mecanismos dentro del sistema de propiedad industrial para proteger productos cuyas características, calidad o reputación se encuentran vinculadas con su origen geográfico.
Denominación de origen.
De conformidad con la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, se entiende por denominación de origen el nombre de una región geográfica del país que sirve para designar un producto originario de la misma, cuya calidad o características se deben exclusiva o esencialmente al medio geográfico, comprendiendo en éste tanto los factores naturales como los humanos. En este sentido, la denominación de origen protege aquellos productos cuya identidad se encuentra estrechamente vinculada con las condiciones geográficas del lugar donde se producen. Un ejemplo emblemático en México es la denominación de origen Tequila.
Indicación geográfica.
Por su parte, la legislación mexicana también reconoce la figura de la indicación geográfica, la cual identifica un producto como originario de una región, localidad o lugar determinado, cuando una cualidad, reputación u otra característica del producto sea atribuible fundamentalmente a su origen geográfico. A diferencia de la denominación de origen, en este caso el vínculo entre el producto y el territorio puede ser menos estricto, bastando con que exista una asociación relevante entre el producto y el lugar del cual proviene.
En términos generales, la diferencia principal entre ambas figuras radica en la intensidad del vínculo existente entre el producto y el medio geográfico, siendo este vínculo más estricto en el caso de las denominaciones de origen que en las indicaciones geográficas.
Retos en la protección de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas en México.
Uno de los retos más relevantes en la protección efectiva de las denominaciones de origen en México se relaciona con los mecanismos de control y supervisión del uso de estas figuras. En algunos casos, como ocurre con la denominación de origen Tequila, existe una estructura institucional consolidada que permite supervisar el cumplimiento de las normas aplicables, particularmente a través del Consejo Regulador del Tequila, organismo encargado de verificar que la producción, certificación y comercialización del producto se realicen conforme a los estándares establecidos.
Sin embargo, esta situación no se presenta necesariamente en todas las denominaciones de origen mexicanas. En diversos casos, la ausencia de organismos de control con capacidades técnicas y operativas suficientes puede dificultar la vigilancia efectiva del uso de estas denominaciones en el mercado. Esta circunstancia representa un desafío importante para garantizar que las denominaciones de origen cumplan con su finalidad principal, consistente en preservar la calidad, reputación y características de los productos vinculados con una determinada región geográfica.
Un aspecto adicional que evidencia los desafíos en la implementación de las denominaciones de origen en México es la desigualdad en las estructuras de control y gobernanza entre las distintas denominaciones existentes. Mientras que algunas cuentan con organismos reguladores consolidados, como el caso del Tequila, supervisado por el Consejo Regulador del Tequila, o Mezcal, que cuenta con el Consejo Regulador del Mezcal, otras denominaciones presentan estructuras institucionales más limitadas o con menor capacidad operativa. Esta disparidad puede generar dificultades en la vigilancia del uso correcto de las denominaciones, así como en la certificación de productores y en la promoción de los productos en el mercado. En este sentido, surge una reflexión relevante sobre la eficacia del sistema: la mera existencia de múltiples denominaciones de origen no garantiza por sí misma su adecuada protección ni su aprovechamiento económico, particularmente cuando solo algunas cuentan con mecanismos efectivos de control y organización.
Las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas constituyen herramientas relevantes dentro del sistema de propiedad industrial para proteger productos cuya calidad, reputación o características se encuentran vinculadas con su origen geográfico.
No obstante, como se ha señalado, la eficacia de estas figuras no depende únicamente de su reconocimiento legal, sino también de la existencia de mecanismos adecuados de control, organización y promoción que permitan garantizar su correcta utilización y aprovechamiento económico. En este sentido, el fortalecimiento de las estructuras institucionales y de gobernanza asociadas a las denominaciones de origen y a las indicaciones geográficas representa uno de los principales retos para consolidar su papel como instrumentos de protección y desarrollo regional en México.
Fuentes
- Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, Diario Oficial de la Federación, 1 de julio de 2020.
- Declaración de protección de la denominación de origen Tequila, Diario Oficial de la Federación, 9 de diciembre de 1974.
- Arreglo de Madrid relativo a la represión de las indicaciones de procedencia falsas o engañosas en los productos, 1891.
- Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional, 1958.
- Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea sobre el reconocimiento mutuo y la protección de las denominaciones en el sector de las bebidas espirituosas, Diario Oficial de la Federación, 3 de abril de 1997.
- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). Servicios que ofrece el IMPI: marcas, denominaciones de origen e indicaciones geográficas.
- Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Sistema de Lisboa para el registro y protección internacional de denominaciones de origen e indicaciones geográficas.
- Mariscal, Cristóbal. Las denominaciones de origen como un motor de negocio. El Financiero, 13 de octubre de 2025.
- Torres, Beto. ¿Sabes cuántos productos mexicanos tienen denominación de origen? UNAM Global Revista.
- Las denominaciones de origen: inicios e historia. Diario de Gastronomía.